martes, 29 de marzo de 2016

ALEGATOS DE APERTURA.


Los alegatos son un razonamiento lógico jurídico que se expone de manera ya sea oral o escrita, dentro del ámbito jurídico; ahora nos enfocaremos al momento en que estos aparecen dentro del juicio oral.

Los alegatos son una parte importante  dentro del juicio oral, ya que con ellos se expone la teoría del caso de la Fiscalía o la Defensa, y con ellos se busca que su dicho quede como cierto ante el juzgador, en este caso el Juez de Control o Tribunal de Enjuiciamiento (cuando se encuentra de forma colegiada, es decir, son dos o tres jueces) quien o quienes lo escuchan.




Dentro de la audiencia de juicio oral, las partes primeramente se individualizan y seguido de ello, el Juez, da la palabra al Agente del Ministerio Público para que comience con sus alegatos de apertura, los cuales se encuentran señalados en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el Agente del M.P. comienza a exponer al juzgador su teoría del caso, donde proporciona el nombre de la víctima u ofendido, del imputado, el delito , el día, hora, y lugar del acontecimiento que se ha señalado previamente, después de ello empieza a narrar los hechos ocurridos ese día, es importante que dé prioridad a los hechos de mayor relevancia, a los pequeños detalles que puedan causar una decisión concreta para el Juez.

Cuando se han narrado los hechos lo siguiente es indicar las pruebas que se han admitido para desahogar en juicio y hace un pequeña referencia de ellas, con la intención de dar una introducción al juez de lo que ha de probar con el desahogo de las mismas, en esta parte se pueden hacer mención de las pruebas que utilizara la otra parte, las cuales en este momento se saben cuáles son ya que se indican en el auto de apertura a juicio oral, seguido de ello invocar los preceptos o artículos adecuados a la materia y puede terminar de la siguiente manera “por lo anteriormente expuesto solicito que en el momento procesal oportuno dicte sentencia condenatoria al Sr. O Sra. XXX”.

Cuando éste termina su participación, se le da la palabra al Defensor, quien realiza el mismo procedimiento anteriormente descrito, expone su teoría del caso, los hechos ocurridos, las pruebas a desahogar y los preceptos correspondientes y de la misma manera termina con “por lo anteriormente expuesto solicito que en el momento procesal oportuno se dicte sentencia absolutoria al Sr. O Sra. XXX”.


Como se ha explicado, los alegatos de apertura son una parte muy importante dentro del juicio oral, ya que dan el parte-aguas para que le juzgador pueda tomar una decisión con respecto a la sentencia, esto siempre siguiendo la esencia del juicio, sea de manera imparcial y atienda a derecho y justicia.
En resumen, podemos decir que los alegatos de apertura responden a las siguientes preguntas: ¿Quién? o ¿Quiénes?, ¿Cómo?, ¿Dónde?, ¿Cuándo?, ¿Por qué?, ¿A qué hora?, etcétera, aquí caben todas aquellas interrogantes que ayuden a presentar de una manera clara los hechos y por qué la teoría que estoy exponiendo es la que debe de prevalecer.


En importante, destacar que al momento de realizar los alegatos hay que tener cuidado y no utilizar frases o palabras que sean de una naturaleza conclusiva, ya que eso puede restar credibilidad a nuestra teoría del caso.